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Modelo 210 para suizos — ¿qué tipo impositivo se aplica?

Suiza no es miembro de la UE ni del EEE — los propietarios suizos tributan, por tanto, al tipo de terceros países del 24 %, no al 19 % aplicable a los ciudadanos de la UE. Lo determinante es la residencia fiscal, no la nacionalidad. Un ciudadano alemán con residencia fiscal en Suiza tributa como residente en país tercero; un ciudadano británico con residencia fiscal en Alemania, como residente en la UE. Estos tipos se aplican a rentas corrientes — uso propio y alquiler. Las ganancias patrimoniales por venta se rigen por normas distintas. El tipo superior se aplica tanto a las rentas imputadas por uso propio o inmueble vacío como a los ingresos por alquiler. En caso de alquiler, se añade una desventaja adicional: conforme a la normativa vigente (art. 24 LIRNR), los nacionales de terceros países no pueden deducir gastos — el 24 % se calcula sobre los ingresos brutos, no sobre el importe neto tras deducciones. No obstante, la Audiencia Nacional resolvió el 28 de julio de 2025 (SAN 3630/2025) que esta exclusión vulnera la libre circulación de capitales de la UE (art. 63 TFUE). La sentencia no es firme — la Abogacía del Estado ha interpuesto recurso de casación y la AEAT sigue aplicando la normativa vigente. Se recomienda asesoramiento individualizado por un Asesor Fiscal. El convenio para evitar la doble imposición entre Suiza y España está vigente y asigna las potestades tributarias: España tiene el derecho a gravar las rentas de inmuebles situados en su territorio. El IRNR pagado en España se deduce de las obligaciones tributarias cantonales y federales suizas — se evita la doble imposición, pero la obligación de presentar en España subsiste. Un ejemplo práctico: un propietario suizo posee un apartamento en Palma de Mallorca, valor catastral 150.000 €, municipio con valoración posterior a 2012, titular único, uso propio todo el año. Renta imputada: 150.000 × 1,1 % = 1.650 €. Cuota: 1.650 × 24 % = 396 €. Plazo de presentación: 31 de diciembre del año siguiente (ejercicio 2025; a partir del ejercicio 2026, plazos modificados según Orden HAC/623/2026). Para comparar: un ciudadano de la UE con el mismo inmueble paga 1.650 × 19 % = 313,50 €. Los propietarios suizos deben conservar el Justificante — el acuse de recibo del Modelo 210 — para su declaración suiza y poder aplicar la deducción.

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Este artículo tiene carácter meramente informativo y no sustituye al asesoramiento fiscal individualizado. Para una valoración adaptada a su situación concreta, le recomendamos consultar con un asesor fiscal o gestoría cualificada.