Cálculo

¿Cuánto cuesta presentar el Modelo 210 con retraso?

El coste depende de si el propietario actúa primero o si es la AEAT quien detecta la falta de presentación. En caso de presentación extemporánea voluntaria, se aplica el recargo del art. 27 LGT: 1 % base más 1 % por cada mes completo de retraso. Transcurridos más de 12 meses: 15 % más intereses de demora legales. Ejemplo: cuota tributaria 500 €, presentación 3 meses completos fuera de plazo. Recargo = 1 % + 3 × 1 % = 4 %. Importe: 500 × 4 % = 20 €. Pago total: 520 €. Si la AEAT detecta la falta de presentación, se aplican sanciones conforme al art. 191 LGT: como mínimo el 50 % de la cuota por infracción leve, hasta el 150 % en casos graves o dolosos. Sobre la misma cuota de 500 €: al menos 250 € de sanción más intereses — en total claramente por encima de 750 €. La diferencia es considerable: 20 € de recargo por presentación voluntaria con tres meses de retraso frente a al menos 250 € de sanción por detección de la AEAT. El plazo de prescripción es de cuatro años desde la fecha de devengo. Transcurrido ese plazo, la AEAT no puede exigir el impuesto. Dentro de este plazo, la presentación voluntaria con recargo es siempre más económica que esperar. Un Gestor o Asesor Fiscal puede tramitar la presentación extemporánea incluyendo el cálculo del recargo de forma eficiente. Fiscaro permite la presentación retroactiva de ejercicios anteriores a través del proceso de presentación previsto.

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Modelo 210 plazo vencido: qué hacer ahora

Este artículo tiene carácter meramente informativo y no sustituye al asesoramiento fiscal individualizado. Para una valoración adaptada a su situación concreta, le recomendamos consultar con un asesor fiscal o gestoría cualificada.