Cálculo
¿Qué es el valor de referencia y cómo afecta al Modelo 210?
El valor de referencia fue introducido en 2022 por la Dirección General del Catastro y se aproxima más al valor real de mercado que el valor catastral. Para el cálculo del Modelo 210 por uso propio, el valor de referencia no es en principio determinante — lo relevante es el valor catastral del recibo del IBI. El valor de referencia se emplea para otros impuestos, en particular el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP/AJD). El valor de referencia se sitúa, por lo general, significativamente por encima del valor catastral y más próximo al precio de mercado. Para los propietarios que solo presentan el Modelo 210 por uso propio, su impacto es en principio nulo. Solo cuando no exista valor catastral o no se haya comunicado al propietario pueden operar reglas sustitutivas especiales — en ese caso se recomienda la revisión por un Asesor Fiscal. En una venta de inmueble o una herencia, el valor de referencia y el valor catastral pueden ser relevantes simultáneamente — para impuestos distintos y con bases de cálculo diferentes.
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→ Valor catastral vs. valor de mercado para el Modelo 210Preguntas relacionadas
Este artículo tiene carácter meramente informativo y no sustituye al asesoramiento fiscal individualizado. Para una valoración adaptada a su situación concreta, le recomendamos consultar con un asesor fiscal o gestoría cualificada.