Tipo de uso

¿Cuántas declaraciones necesito con alquiler y uso propio?

Por lo general, dos declaraciones por propietario, por inmueble y por año. Una declaración por el período de alquiler — con los ingresos reales como base, plazo 1–20 de enero del año siguiente (ejercicio 2025; a partir del ejercicio 2026, plazos modificados según Orden HAC/623/2026). Una declaración por el período de uso propio o vacío — con la renta imputada proporcional, plazo 31 de diciembre del año siguiente. Con dos copropietarios, el número se duplica: en principio cuatro declaraciones en total — cada propietario presenta una declaración por cada tipo de renta, en proporción a su porcentaje de titularidad. El error más frecuente: los propietarios presentan una sola declaración — ya sea solo por los ingresos de alquiler o solo por la renta imputada. En ambos casos, un tipo de renta queda sin declarar, lo que puede generar recargos o sanciones. Si el mismo propietario posee varios inmuebles, el número se multiplica en consecuencia: cada inmueble requiere sus propias declaraciones, una por tipo de renta y por propietario.

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Este artículo tiene carácter meramente informativo y no sustituye al asesoramiento fiscal individualizado. Para una valoración adaptada a su situación concreta, le recomendamos consultar con un asesor fiscal o gestoría cualificada.