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Modelo 210 para alemanes — ¿qué se aplica?
Los propietarios alemanes se benefician, como ciudadanos de la UE, del tipo impositivo del 19 % — tanto sobre las rentas imputadas como sobre los ingresos por alquiler. Lo determinante es la residencia fiscal, no la nacionalidad. Un ciudadano alemán con residencia fiscal en Suiza tributa como residente en país tercero; un ciudadano británico con residencia fiscal en Alemania, como residente en la UE. Estos tipos se aplican a rentas corrientes — uso propio y alquiler. Las ganancias patrimoniales por venta se rigen por normas distintas. En caso de alquiler, los ciudadanos de la UE pueden deducir los gastos directamente relacionados con los ingresos: intereses hipotecarios, IBI, gastos de comunidad, primas de seguros y amortización. Se grava el importe neto tras las deducciones. Para uso propio o inmueble vacío, la renta imputada se calcula sobre el valor catastral — valor catastral × tipo de imputación (1,1 % o 2,0 %, según la fecha de valoración del municipio conforme a la DA 55 LIRPF / Manual Renta AEAT 2025 §7.3.4) × 19 % × porcentaje de titularidad × días/365. El convenio para evitar la doble imposición entre Alemania y España asigna las potestades tributarias de forma clara: España tiene el derecho a gravar las rentas de inmuebles situados en su territorio. El IRNR pagado en España se deduce de la obligación tributaria alemana — no se produce doble imposición. En la declaración alemana, las rentas inmobiliarias españolas se declaran en el Anlage AUS. La cláusula de progresividad (Progressionsvorbehalt) puede incrementar el tipo alemán sobre el resto de rentas, pero las rentas españolas no se gravan dos veces. La obligación de presentar en España existe con independencia del CDI. Quien posee un inmueble en España y reside fiscalmente en Alemania debe presentar el Modelo 210 — plazo para rentas imputadas: 31 de diciembre del año siguiente (ejercicio 2025; a partir del ejercicio 2026, plazos modificados según Orden HAC/623/2026), para alquileres: 1–20 de enero del año siguiente. Un ejemplo práctico: un matrimonio de Múnich posee un apartamento vacacional en Mallorca (valor catastral 180.000 €, municipio con valoración posterior a 2012, 50 % cada uno). Renta imputada por persona: 90.000 × 1,1 % = 990 €. Cuota por persona: 990 × 19 % = 188,10 €. Estos 188,10 € se deducen del impuesto alemán. Se requieren dos declaraciones — una por propietario.
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Este artículo tiene carácter meramente informativo y no sustituye al asesoramiento fiscal individualizado. Para una valoración adaptada a su situación concreta, le recomendamos consultar con un asesor fiscal o gestoría cualificada.